
PAMPLONA, 13 de mayo. La Audiencia Provincial de Navarra ha reafirmado la condena de 2 años y 9 meses de prisión al conductor de un autobús involucrado en un trágico accidente que tuvo lugar en enero de 2020. Este suceso, registrado en las afueras de Estella, resultó en la muerte de dos niños pequeños que se encontraban en un coche, conducido por su madre, que también sufrió heridas graves. La información ha sido proporcionada por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN).
La sentencia emitida por la Audiencia no solo respalda la decisión del Juzgado de lo Penal nº 2 de Pamplona, sino que también declara al acusado culpable de dos delitos de imprudencia grave que llevaron a la muerte de los menores y provocaron lesiones a la madre. Además, el condenado deberá abstenerse de conducir cualquier vehículo de motor durante un periodo de tres años y un día.
El desafortunado incidente ocurrió el 19 de enero de 2020, cuando el acusado, al mando de un autobús que cubría la ruta Logroño-Pamplona, emprendió el viaje sin ser este el primer recorrido que hacía en la ruta, aunque sí lo era en ese vehículo específico.
Aproximadamente a las 20 horas, hizo una parada breve en el apeadero de Ayegui y continuó dirección a Estella, accediendo a la localidad por una rotonda donde la velocidad máxima permitida era de 40 km/h. Sin embargo, en lugar de reducir la velocidad, el acusado aceleró, lo que provocó que el autobús se saliera de la calzada, subiera a la acera y reventara una de sus ruedas.
La pérdida completa del control del vehículo fue consecuencia de no utilizar el freno de mano ni cualquier otro método para frenar. El autobús colisionó con una valla y un semáforo antes de cruzar la vía, impactando con un automóvil que circulaba lentamente cerca de un paso de peatones. La conductora no pudo evitar el choque, dejando su vehículo gravemente dañado.
Desafortunadamente, los dos hijos de la conductora, que viajaban en los asientos traseros, fallecieron a raíz del accidente. La niña murió en el acto, mientras que el niño falleció poco después en el Hospital de Estella, adonde fue trasladado. La madre, por su parte, experimentó lesiones significativas que requirieron cirugía especializada.
Tras el impacto, el autobús volvió a descontrolarse y chocó contra varios vehículos así como contra la infraestructura de una gasolinera. Este accidente generó daños materiales que han sido ya compensados por la aseguradora del autobús.
También se reportó a una mujer herida en la colisión, quien sufrió fracturas en la tibia y el peroné, y requirió cuatro intervenciones quirúrgicas, tardando 516 días en recuperarse. Las secuelas han limitado su capacidad para llevar una vida cotidiana comparable a la que llevaba antes del accidente, afectando incluso su tiempo de ocio y actividades deportivas.
La defensa del conductor apeló la sentencia por considerar que la imprudencia cometida no era tan grave como se había calificado, y argumentó que las pruebas no eran suficientes para demostrar que sus acciones causaron directamente el accidente.
Sin embargo, la Audiencia desestimó esta apelación, recordando la jurisprudencia establecida sobre la calificación de imprudencia grave, basada en la magnitud de las lesiones y las secuelas derivadas de un accidente de esta naturaleza.
La sentencia fundamenta su decisión en tres factores que contribuyeron al siniestro: la aceleración por parte del conductor, la falta de uso del freno de mano y su escasa atención al volante. Los magistrados coincidieron con la jueza que lideró el caso, destacando el análisis cuidadoso y meticuloso que respalda la condena.
El informe pericial de los expertos de la Escuela de Tráfico de la Guardia Civil validó que la aceleración inicial del autobús fue atribuible al conductor, así como la influencia de la pendiente en su velocidad, que alcanzó los 61 km/h al arrollar el vehículo de los menores fallecidos.
Los peritos también confirmaron que no había fallos en el sistema de frenos, lo que llevó a la magistrada a concluir que el conductor tenía alternativas para detener el autobús, pero no supo cómo gestionar la situación. La Audiencia enfatiza que no hay fundamentos que desacrediten la lógica del razonamiento judicial, reafirmando los hechos en la sentencia.
Newsletter
Entérate de las últimas noticias cómodamente desde tu mail.